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El principio de oportunidad en los punibles de homicidio culposo y lesiones culposas en accidente de tránsito. Una necesidad apremiante.

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dc.contributor.author Hernandez Yepes, Ofelia es
dc.contributor.author Gomez Aguirre, Doris
dc.date Julio - Diciembre es
dc.date.accessioned 2015-06-01T15:30:51Z
dc.date.available 2015-06-01T15:30:51Z
dc.date.issued 2013
dc.identifier.issn 1692-8571
dc.identifier.uri http://hdl.handle.net/11619/915
dc.identifier.uri http://ojs.uac.edu.co/index.php/justicia-juris/article/view/90 es
dc.description.abstract Con la expedición de la Ley 906 de 2004, actual sistema penal acusatorio, se consagró el llamado principio de oportunidad, que se concibe como la renuncia del Estado por intermedio de la Fiscalía General de La Nación de ejercer la acción penal para determinadas conductas punibles. Posteriormente, el Congreso de la República de Colombia, expidió la Ley 1312 de 2009 por medio de la cual, se reformó el artículo 323 del Sistema Penal Acusatorio, sin que se incluyera en ese tipo de conductas punibles los delitos de homicidio y lesiones personales culposas que en la legislación anterior, como lo es la ley 600 de 2000, se extinguía la acción penal por la indemnización integral. Quiere decir lo anterior, que en el nuevo sistema, esas conductas punibles a pesar de que puedan ser conciliables patrimonialmente, serán perseguibles hasta que se produzca el acto jurisdiccional definitivo como es la sentencia. Así las cosas, existe la probabilidad que los sujetos llamados a responder patrimonialmente entre ellos, como el directamente responsable, se abstengan de indemnizar los perjuicios que causen, congestionándose así, la jurisdicción penal. Con este artículo de reflexión se pretende demostrar la necesidad para el cuerpo normativo vigente en materia procesal penal como en efecto es la Ley 906 de 2004, actual sistema penal acusatorio, de regular o permitir el llamado principio de oportunidad, para el homicidio y las lesiones personales culposas simples. es
dc.description.abstract Abstract: With the 906 law of 2004, new penal system, the so-called principle of opportunity, which is conceived as a waiver by the State through the Attorney General of the Nation to institute criminal proceedings for certain criminal conduct was consecrated. Subsequently, the Congress of Colombia , issued Law 1312 of 2009 by which 323 article of the accusatory penal system was reformed, without the inclusion in such offenses punishable conduct homicide and Personal Injury in the previous legislation, such as the 600 , 2000 , a criminal action is extinguished by full compensation. This means that in the new system, those punishable conducts although they can be reconciled through civil action, behaviors can be prosecuted until final judicial act occurs as is the sentence. So, there is a likelihood that subjects are called to respond with their goods including as directly responsible, refrain to compensate the damages caused, and jamming criminal jurisdiction. This article aims to prove the need for the regulatory body force in criminal procedure as indeed is the Law 906 of 2004, new penal system, regulate or allow so-called principle of opportunity for homicide and injury willful personal simple . en
dc.language.iso es es
dc.publisher Universidad Autónoma del Caribe es
dc.relation.ispartofseries ;Vol. 9 No. 2
dc.subject Sistema penal acusatorio - Principio de oportunidad - Colombia - es
dc.subject conductas punibles - Homicidio y Lesiones Personales Culposas - es
dc.subject extinción de la acción penal - Colombia - es
dc.title El principio de oportunidad en los punibles de homicidio culposo y lesiones culposas en accidente de tránsito. Una necesidad apremiante. es
dc.title.alternative The principle of opportunity in culpable homicide and injuries in traffic accidents es
dc.type Article es


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